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miércoles, 1 de septiembre de 2021

La Unión Europea elimina a EEUU de su lista de países seguros para viajar


El Consejo realizó una revisión de acuerdo con la Recomendación sobre el levantamiento gradual de las restricciones temporales a los viajes no esenciales a la UE a países considerados seguros. Una mayoría cualificada de embajadores votó a favor de restablecer las restricciones que fueron levantadas en junio.

Las autoridades europeas han estado considerando la medida durante las últimas semanas debido a que la tasa de infección promedio de los EEUU ahora es superior a la de la UE, en particular, de casos de las nuevas variantes del virus. La primera economía del mundo registró 507 nuevos casos de COVID-19 por cada 100.000 habitantes en las dos primeras semanas de agosto, según el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades (ECDC), una cifra muy por encima del límite de 75 establecido en las directrices sanitarias europeas.

La presidencia eslovena de la UE recomendó la semana pasada eliminar a EEUU y otros cinco terceros países de su lista de naciones para las que no hay restricciones. Paralelamente han sido incorporados otros países a los que se recomienda levantar todas las limitaciones

Sin restricciones

Sobre la base de los criterios y condiciones establecidos, a partir del 30 de agosto de 2021, los Estados miembros deben levantar gradualmente las restricciones de viaje en las fronteras exteriores para los residentes de los siguientes terceros países: Albania, Armenia, Australia, Azerbaiyán, Bosnia y Herzegovina, Brunei Darussalam, Canadá, Japón, Jordania, Nueva Zelanda, Qatar, República de Moldova, Arabia Saudí, Serbia, Singapur, Corea del Sur y Ucrania.

China está pendiente con sujeción a la confirmación de la reciprocidad.

Las restricciones de viaje también deben levantarse gradualmente para las regiones administrativas especiales de China, Hong Kong y Macao. Asimismo, bajo la categoría de entidades y autoridades territoriales que no son reconocidas como estados por al menos un estado miembro, las restricciones de viaje para Taiwán también deben levantarse gradualmente.

Los residentes de Andorra, Mónaco, San Marino y el Vaticano deben considerarse residentes de la UE a los efectos de esta recomendación, destaca la declaración del Consejo

La reciprocidad es importante

Los criterios para determinar los terceros países para los que debe levantarse la actual restricción de viajes se actualizaron el 20 de mayo de 2021. Cubren la situación epidemiológica y la respuesta general a la COVID-19, así como la fiabilidad de la información disponible y las fuentes de datos. La reciprocidad también debe tenerse en cuenta caso por caso.

Los países asociados a Schengen (Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza) también participan en esta recomendación.

El 30 de junio de 2020, el Consejo adoptó una recomendación sobre el levantamiento gradual de las restricciones temporales a los viajes no esenciales a la UE. Esta recomendación incluía una lista inicial de países para los que los Estados miembros deberían comenzar a levantar las restricciones de viaje en las fronteras exteriores. La lista se revisa periódicamente y, en su caso, se actualiza.

Días antes, se había adoptado una recomendación de modificación para responder a las campañas de vacunación, estableciendo determinadas exenciones para las personas vacunadas y la flexibilización de los criterios para levantar las restricciones para terceros países, entre los que figuraba EEUU que, sin embargo, no ha querido aplicar el principio de reciprocidad y aún mantiene las restricciones a la llegada de viajeros de la Unión Europea y el espacio Schengen.

La recomendación del Consejo no es un instrumento jurídicamente vinculante. Las autoridades de los Estados miembros siguen siendo responsables de la aplicación del contenido de la recomendación. Podrán, con total transparencia, levantar sólo progresivamente las restricciones de viaje hacia los países enumerados

Señalan, asimismo, que un Estado miembro no debe decidir levantar las restricciones de viaje para terceros países no incluidos en la lista antes de que esto se haya decidido de manera coordinada.

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